1. Introducción
La Carta Social Europea, en su revisión de 1996, garantiza el derecho a la vivienda en el artículo 31, comprometiéndose con la promoción del acceso a la vivienda digna y asequible, así como con la prevención y reducción del sinhogarismo (Consejo de Europa 1996). Así mismo, en enero de 2021, el Parlamento Europeo aprobó el Procedimiento 2019/2187(INI) sobre el acceso a una vivienda digna y asequible para toda la ciudadanía, expresando su voluntad para que fuera reconocido como un derecho fundamental en la Unión Europea. Destaca, además, el hecho de que las personas LGBTI+1 están sobrerrepresentadas en las situaciones de sinhogarismo y afectadas de manera diferenciada por la pérdida de la vivienda y las dificultades en el acceso a la misma.
Las medidas anteriores se conectan con el aumento del número de personas en situación de sinhogarismo en Europa. La estimación mínima de personas que en 2023 en Europa se encontraban en situación de calle, en albergues de emergencia (night shelters) y en alojamientos transitorios, era de 895.000 (FEANTSA & F. Abbé Pierre 2023), en contraposición a las 700.000 personas en situación de sinhogarismo estimadas en 2020, donde ya se indicaba un aumento del 70% en relación a los 10 años anteriores (FEANTSA & F. Abbé Pierre 2020). También los informes anuales de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA) de los años 2022 y 2023, que analizaban la situación del colectivo LGBTI+ en los países europeos, alertaban sobre el aumento de las personas LGTBIQ+ en situación de sinhogarismo, debido a la incitación al odio y la violencia en el espacio público y en los hogares hacia este colectivo en todos los países de la región (ILGA Europe 2022; 2023).
En conexión a lo anterior, las investigaciones coinciden en señalar que las personas LGTBIQ+ sin hogar se encuentran expuestas en mayor medida a la violencia y el riesgo (Cochran et al. 2002; Ray 2006; Durso & Gates 2012; Choi et al. 2015; Abramovich & Shelton 2017; Emmen, Vijlbrief & Felten 2017). Así mismo, sugieren que las personas LGTBIQ+ en situación de sinhogarismo se enfrentan a situaciones de inseguridad en los alojamientos de apoyo dirigidos a la población sin hogar en general (Hunter 2008; Burwick et al. 2014; Giménez Rodríguez et al. 2019; Quilty & Norris 2020).
Esta especificidad en las problemáticas que les afectan, una vez están en situación de sinhogarismo, ha puesto de manifiesto la necesidad de que las personas LGTBIQ+ cuenten con espacios seguros. De facto, esto ha implicado la creación de alojamientos específicos en la mayoría de los países europeos. Todavía, estos alojamientos no están siendo visibilizados y evaluados, a pesar de que la información que pueden ofrecer es fundamental (Toro, Dworsky & Fowler 2007; Quilty & Norris 2020). Esto ha llevado al propio Consejo Europeo a incidir en la necesidad de fomentar la investigación y crear herramientas que permitan la recopilación de datos que faciliten el intercambio de buenas prácticas para abordar las situaciones de sinhogarismo de las personas LGBTI+ en Europa (Parlamento Europeo 2021).
Así, este artículo, el cual se enmarca dentro de la tesis doctoral en curso de una de las autoras, es pionero en poner el foco en los alojamientos específicos para las personas LGTBIQ+ sin hogar en Europa. El propósito del mismo es realizar un registro no exhaustivo de estos, dado el difícil acceso a los datos, como abordaremos en la metodología. Esto permite conocer aspectos relevantes de la intervención con las personas sin hogar LGTBIQ+ e incidir en la construcción de espacios seguros como respuesta a la vulneración del derecho a la vivienda en las democracias europeas. Para ello, en primer lugar, se realizará una revisión de la literatura existente en torno al impacto del sinhogarismo en las personas LGTBIQ+ y cómo está siendo abordado en el contexto europeo, vinculándolo con la reivindicación de derechos LGTBIQ+. En segundo lugar, se presentan la metodología y resultados de este estudio, para finalizar con la discusión y conclusiones.
2. El impacto de la vulneración del derecho a la vivienda para las personas LGBTIQ+
En 2005-2007 FEANTSA elaboró la tipología ETHOS - tipología europea de población sin hogar y exclusión residencial, por sus siglas en inglés - con el fin de contar con una comprensión del sinhogarismo universalizable, que permitiera realizar estudios comparados entre países y abordajes conjuntos entre varios territorios (Cabrera & Rubio 2008). A través de esta tipología ETHOS, FEANTSA define el sinhogarismo como la carencia de vivienda o de acceso a la misma, entendiéndose ésta como un lugar estable y adecuado para vivir (Gámez 2017). Sin embargo, tomar la vivienda como elemento central en la comprensión del sinhogarismo desde una perspectiva de derechos resulta un abordaje reciente (Matamala 2022), a pesar de ser un enfoque crucial, ya que permite poner de relieve la necesidad de realizar cambios urgentes en las políticas de vivienda y los sistemas de protección social para garantizar los derechos sociales en las democracias actuales (Sales 2016).
En la Unión Europea, la Agencia por los Derechos Fundamentales (FRA) indicaba, en 2020, que 1 de cada 5 miembros de la comunidad LGBTI+ se encontraba en situación de sinhogarismo, cifra que se elevaba a 1 de cada 3 en el caso de las personas trans y a casi el 40% de las personas intersexuales, pudiendo hablar así de la existencia de una sobrerrepresentación de las personas LGTBIQ+ en situación de sinhogarismo, sobre todo de las más jóvenes (Shelton, Stakelum & Dodd 2020). Sin embargo, no existen datos cuantitativos de países a nivel individual. En el caso de España, estos datos no se recogen, al no incluirse la identidad de género y la orientación sexual en la cuantificación de personas en situación de sinhogarismo elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y el Instituto Vasco de Estadística (EUSTAT), ni en los recuentos nocturnos que se realizan en las diferentes ciudades del Estado.
A pesar de esta ausencia de datos por países, sí existen investigaciones que ponen de manifiesto que las personas LGTBIQ+ deben enfrentarse a la LGTBIQ+fobia, además de al resto de desafíos estructurales comunes en las sociedades democráticas neoliberales. De hecho, la LGTBIQ+fobia es apuntada como una de las principales causas del sinhogarismo (Ray 2006; Durso & Gates 2012; Giménez Rodríguez et al. 2019; Shelton, Stakelum & Dodd 2020; AKT 2021; BABS Empowerment Project & Inner City Helping Homeless 2021).
Por último, el estrés de las minorías (Meyer 2003) y el Modelo de Amplificación del Riesgo (Whitbeck, Hoyt & Yoder 1999) permiten explicar cómo, una vez se quedan sin hogar, las personas LGTBIQ+ (sobre todo las más jóvenes) se ven afectadas en mayor medida por problemas de salud mental, consumo de sustancias, violencia física y sexual que sus compañeros heterosexuales y cisgénero (Ray 2006; Cochran et al. 2002; Durso y Gates 2012; Choi et al. 2015; Abramovich & Shelton 2017; Emmen, Vijlbrief & Felten 2017), enfrentándose exponencialmente al sexo de intercambio/de supervivencia (trading/survival sex), por alojamiento, comida, drogas o dinero (Gaetz 2004; Tyler & Schmitz 2018). No obstante, dentro de este contexto adverso también podemos identificar iniciativas en torno a la consecución de los derechos de la población LGTBIQ+, como veremos en el siguiente apartado.
3. El inicio de las luchas por los derechos LGTBIQ+ y su relación con el abordaje de la vulneración al derecho a la vivienda
El contexto de reivindicación de derechos de las poblaciones LGTBIQ+ entronca con la transición a las democracias en los regímenes autoritarios europeos y la respuesta a la violencia por parte de instituciones y fuerzas del orden (B. 2018). A finales de los setenta y en la década de los ochenta nos encontramos con una proliferación de grupos activistas por los derechos LGTBIQ+ en España (Benlloch 2019) que tomaban como referentes a grupos existentes en Francia, el Reino Unido o los Estados Unidos (Calvo 2019) y que más tarde abordarían la crisis del VIH/SIDA (López 2017) en un contexto fuertemente reaccionario (con Reagan en los Estados Unidos y Thatcher en el Reino Unido).
Dentro de las reivindicaciones y acciones de este colectivo, comienza a aparecer cierta preocupación por abordar las situaciones de sinhogarismo de personas LGTBIQ+ que eran expulsadas del hogar ante el rechazo a sus identidades. Debido a esto, el colectivo se articula para crear redes de alojamiento informales, acogiendo en sus propios hogares a quienes se quedaban en la calle (Duberman 2018; Rivera & Johnson 2022).
A partir de los años 90 el movimiento toma un papel más orientado hacia la consecución de derechos (Whittle 2013; López 2017; Martínez 2017), abogando por la “normalización a través de la igualdad de derechos desde la diferenciación de una(s) identidad(es) más o menos perfilada(s) y articuladas a partir de un sentimiento de comunidad más o menos fuerte” (Martínez 2017, 206). La incorporación política del colectivo LGTBIQ+, con la Ley de Matrimonio Igualitario (Ley 13/2005), primero, y de Identidad de Género (Ley 4/2023) después, ha generado debates internos que aún persisten, con una parte del colectivo que cuestiona el asimilacionismo y percibe la integración del activismo como la de un actor más que sigue las normas de los gobiernos de las democracias representativas (Humphrie 2011; Cantero 2019).
En esta línea, existen, además, afirmaciones acerca de que son las necesidades y demandas de las personas blancas, formadas y de clase media las que son incluidas en las agendas y rutas de trabajo de las entidades sociales e instituciones LGTBIQ+, obviando los factores que podrían estar impactando en la exclusión social de otras personas del colectivo (Paradis 2017; Rivera & Johnson 2022). Así, existen afirmaciones acerca de que el sinhogarismo no está presente en la agenda del movimiento LGTBIQ+, a pesar del impacto diferenciado que este supone en el colectivo, y pocas personas activistas abogan por esta cuestión en el contexto europeo (FELGBT & RAIS Fundación 2017; Paradis 2017). No obstante, a pesar de esta aparente marginación de las cuestiones de vivienda dentro de las reivindicaciones del colectivo, la realidad se impone, por lo que se han puesto en marcha diferentes iniciativas para dar respuesta a la exclusión residencial, tal y como veremos a continuación.
4. La intervención con personas LGBTIQ+ en situación de sinhogarismo en el contexto europeo
Cuando nos acercamos a la provisión de servicios para las personas LGTBIQ+ en situación de sinhogarismo en Europa, cabe señalar a dos agentes diferenciados. Por un lado, las entidades dirigidas a la atención de la población sin hogar y, por otro, las entidades LGTBIQ+. Tanto las entidades LGTBIQ+ como las que atienden a población sin hogar en Europa reportan obstáculos a la hora de abordar las necesidades de la población LGTBIQ+ sin hogar (Shelton, Stakelum, & Dodd 2020; Ritosa et al. 2021; Shelton et al. 2021), evidenciando la ausencia de la interseccionalidad (FELGBT & RAIS Fundación 2017).
En el caso de las entidades LGTBIQ+, estos obstáculos serían la ausencia de investigaciones y datos cuantitativos acerca del sinhogarismo de las personas LGTBIQ+, así como la falta de financiación y apoyo gubernamental para abordar estas realidades (Shelton et al. 2021). En el caso de las organizaciones que atienden a población en situación de sinhogarismo, las dificultades se centran en dos aspectos: por un lado, el desconocimiento acerca de cómo abordar las identidades LGTBIQ+ (Hooks Wayman 2008; Forge 2012; AKT 2015; Shelton 2017; Quilty & Norris 2020; Shelton, Stakelum & Dodd 2020), y, por otro lado, la inseguridad de los alojamientos de apoyo para las personas LGTBIQ+, ante la posibilidad de que sufran violencia, discriminación y/o rechazo (Hunter 2008; Burwick et al. 2014; Shelton, Stakelum & Dodd 2020). Lo anterior supone que las personas LGTBIQ+ eviten este tipo de alojamientos dirigidos a la población sin hogar en general y muestren mayor interés por acudir a servicios específicos para el colectivo (Gattis 2009; Giménez Rodríguez et al. 2019; Quilty & Norris 2020). Estos, en líneas generales, no cuentan con suficientes plazas (SIIS & Eguía-Careaga Fundazioa 2016; Giménez Rodríguez et al. 2019), lo que en ocasiones supone que las personas LGTBIQ+ sin hogar prefieran alojarse a la intemperie o roten por casas de personas conocidas (Abramovich & Shelton 2017; Morton et al. 2018). Como consecuencia, aumenta su exposición a la violencia y se invisibiliza aún más sus necesidades (Tyler & Schmitz 2018).
5. Metodología
Como decíamos al inicio, este artículo tiene como objetivo realizar un mapeo, no exhaustivo, de alojamientos específicos para la población LGTBIQ+ sin hogar a nivel europeo, reflexionando acerca de su situación, en conexión con la reivindicación de derechos del colectivo y el derecho a un hogar seguro y adecuado.
La búsqueda y análisis de la información acerca de los centros de alojamiento se han realizado en tres niveles, en el intervalo temporal del 3 de agosto de 2022 al 19 de marzo de 2023. En un primer nivel, se ha realizado una búsqueda de información de los alojamientos a través de fuentes secundarias que abordan la temática en las bases de datos Scopus, Google Académico y SciELO, utilizando los siguientes elementos de búsqueda, tanto en palabras clave como en el título: sinhogarismo/homelessness, LGTB/LGBT/LGTBIQ+, alojamientos de apoyo/homeless shelter. Debido a que apenas existen investigaciones a este respecto y a que la mayoría de ellas se centran en analizar las experiencias en Estados Unidos, los datos obtenidos informaban escasamente acerca del objeto de estudio en el contexto europeo, lo que aparece como una de las dificultades principales de esta investigación. Es por esto que se utilizaron como punto de partida los informes de revisión anual de la situación de los derechos humanos de lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales en Europa y Asia Central, elaborados por ILGA en 2022 y 2023, para comenzar a realizar una lista de alojamientos específicos.
En un segundo nivel de análisis de las fuentes secundarias se ha realizado una búsqueda exhaustiva de noticias de los diferentes países europeos en periódicos y revistas digitales con las mismas palabras clave utilizadas para la búsqueda de referencias académicas, y para cada uno de los países del contexto europeo. Esta información ha sido contrastada consultando individualmente las fuentes primarias de las páginas web y redes sociales de cada una de las organizaciones. Así mismo, ha sido complementada y contrastada en un tercer nivel, mediante la entrevista a agentes clave, profesionales de la intervención que trabajan con esta población. En concreto, se ha utilizado un muestreo estratégico (Alejo & Osorio 2016), con el que se han seleccionado a tres profesionales que trabajan en recursos de alojamiento específicos para la población LGTBIQ+ en situación de sinhogarismo: una trabajadora del centro para personas LGTBIQ+ Streha Center en Albania, una trabajadora de Kraljiulice en Eslovenia y una trabajadora de Inserta Andalucía, en España. Cabe destacar que una de las autoras del presente artículo ha trabajado en una entidad que cuenta con varios de los recursos de alojamiento específicos para la población LGTBIQ+ en situación de sinhogarismo en España, lo que le ha permitido tener un acceso directo a información relacionada con los mismos.
Con la información obtenida se ha elaborado una tabla (en anexo) que incluye las siguientes categorías para cada uno de los alojamientos: entidad, país, año de apertura, tipo de alojamiento, número de plazas y población específica a la que se dirige.
No obstante, este estudio cuenta con varias limitaciones que han de ser consideradas. Una de ellas sería la dificultad para obtener información de algunos de los alojamientos. Esto supone que, en casos puntuales, se desconozca la totalidad de alojamientos con los que contaban las entidades y/o el número de plazas disponibles en cada uno de ellos. Del mismo modo, puede que hayamos omitido recursos específicos debido a cierto nivel de clandestinidad de los mismos como garantía de la seguridad de las personas alojadas. Y es que esta es una cuestión ética importante a tener en cuenta: el deseo de permanecer en el anonimato de algunos de los alojamientos, que solo son conocidos en círculos cerrados dentro del colectivo. Por supuesto, las autoras han seguido las normativas vigentes de protección de datos en la Unión Europea - Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como el Código de Buenas Prácticas en Investigación de la Universidad de Granada2.
Las autoras solo han trabajado con información pública y disponible y, en los casos en los que se han hecho entrevistas, se les ha preguntado a las personas entrevistadas qué información querían que apareciera sobre los recursos, al tiempo que se ha obtenido el consentimiento informado, que ha quedado grabado en la entrevista. Se ha anonimizado a todas las personas entrevistadas, dejando, eso sí, los nombres de las entidades y colectivos gestores. Con estas prevenciones, la información obtenida arroja los resultados que mostramos a continuación.
6. Resultados. Los centros de alojamiento específicos para personas LGTBIQ+ en situación de sinhogarismo
Estos resultados son un punto de partida para analizar algunas de las realidades de los territorios, así como la generalidad de la situación de las personas sin hogar LGTBIQ+ en el contexto europeo y los alojamientos específicos en los que son acompañadas. Siguiendo las categorías indicadas en la metodología, exploramos el número de entidades que cuentan con alojamientos específicos para la población LGTBIQ+ sin hogar, analizando cuántos son, el número de plazas con las que cuentan, la población específica a la que se dirigen, el año de surgimiento y el país o territorio en el que se ubican. Cabe destacar que los datos pormenorizados se encuentran en la tabla 1 (anexo).
Teniendo en cuenta lo anterior, partimos de un total de 125 alojamientos y 865 plazas, gestionadas por 41 entidades sociales diferentes, en 14 países de la Unión Europea (Albania, Suecia, Ucrania, Eslovaquia, Dinamarca, Polonia, Eslovenia, Italia, Alemania, Austria, Francia, Reino Unido, Bélgica y España). De la información recopilada podemos extraer varias reflexiones.
En primer lugar, resulta relevante visibilizar la disparidad de fechas en las que surgen los alojamientos específicos para la población LGTBIQ+ sin hogar a los que hemos tenido acceso. Los primeros surgieron en los años 80 en Reino Unido, apareciendo los siguientes en 2003 en Francia. Existe un importante impás de nuevo hasta 2014, fecha a partir de la cual surgen el resto de los alojamientos. Esta proliferación de centros de alojamientos específicos para la población LGTBIQ+ sin hogar a partir de mediados de los años dos mil apunta hacia la existencia de un consenso común en el contexto europeo acerca de la necesidad de que las situaciones de este colectivo sean abordadas desde espacios de alojamiento especializados. El aumento de centros a partir del año 2020 surge, del mismo modo, como respuesta ante las medidas socio-sanitarias del COVID-19 que obligan a las personas LGTBIQ+ a volver a hogares tensionados tras la pérdida del empleo o a verse confinadas en hogares violentos. Ejemplo de ello es el caso del alojamiento para personas jóvenes LGTBIQ+ sin hogar de Varsovia (Polonia), que pasó de contar con una o dos solicitudes al mes, en 2019, a entre 3 y 4 solicitudes por semana en 2020-2021. Ante este aumento de las demandas surgen algunos alojamientos que se han mantenido hasta la fecha por una demanda creciente. Este es el caso del alojamiento de urgencia The Outside Project, cerrado en 2021, que volvería a abrirse por la entidad Support un año después, ante la necesidad de seguir afrontando las demandas de alojamiento del colectivo LGTBIQ+ en Londres (Reino Unido).
En segundo lugar, es relevante mencionar la alta demanda en relación al número de plazas existentes. Basándonos en la información expuesta por las entidades, esto es común en todos los países con presencia de recursos de alojamiento para la población sin hogar LGTBIQ+. Esto se ha traducido en los dos últimos años en un aumento explícito de plazas en todos los países registrados. En Italia, por ejemplo, encontramos el caso de Casa+ en Roma, gestionado por la Cruz Roja italiana, quienes, en su primer año de apertura (2020), reportaron 400 solicitudes para las ocho plazas existentes. En Reino Unido, el alojamiento gestionado por The Outside Project durante el COVID-19, recibió más de 100 solicitudes para las cuatro plazas con las que contaba en los primeros tres meses de apertura en 2020.
En el caso de España, las tres entidades que cuentan con alojamientos específicos han aumentado el número de plazas de manera exponencial. Así, Inserta Andalucía ha pasado de uno a tres alojamientos (con el pronóstico de abrir un cuarto), Fundación Eddy G lo ha hecho de uno a dos alojamientos y San Martín de Porres ha visto sus plazas ampliadas de 15 a 26.
Así mismo, el análisis de los datos permite apreciar una preocupación por la exposición a la violencia en el caso del colectivo LGTBIQ+ sin hogar. Así, 18 de los 125 recursos totales están dirigidos específicamente a abordar estas realidades. Este dato aumenta hasta 69 si se incluyen los recursos dirigidos a la atención a personas refugiadas LGTBIQ+ (51), entendiendo que sus causas de asilo están vinculadas a la persecución y/o amenaza por su pertenencia al colectivo, siendo esto una expresión de violencia. Los alojamientos dirigidos a abordar las situaciones de violencia ascenderían hasta 101 si se añaden, a su vez, aquellos orientados a la expulsión del hogar (32), entendiendo esta como el detonante de una situación de violencia.
Si continuamos analizando los grupos de atención específica, también se identifica una especial preocupación por la juventud LGTBIQ+, estando dirigidos en exclusiva a esta población 58 de los 125 alojamientos analizados. Cabe destacar el caso de Francia. Se trata del país del continente europeo que cuenta con el mayor número de refugios para esta población específica (20 gestionados por la Asociación Le Refuge, uno por la Association Aurore y siete apartamentos por la entidad Basiliade). Esto se relaciona, además, con una especial exposición de la juventud LGTBIQ+ a la violencia, al coincidir, sobre todo, con la expulsión o la huida del hogar por LGBTIQ+fobia ante la salida del armario y/o el inicio de la expresión de las identidades/orientaciones sexuales no normativas.
En definitiva, identificamos cómo la LGBTIQ+fobia impacta de forma diferenciada en la población más joven del colectivo (entre los 18 y 25 años), algo de lo que son conscientes los estados, pero a lo que responden las entidades sociales (en algunas ocasiones con financiación pública). La mayoría de las entidades que gestionan estos alojamientos son asociaciones LGTBIQ+, siendo 29 de las 41 totales. Como ejemplo, puede citarse a la entidad Consultorio TRANSgenere ODV que gestiona uno de los dos refugios específicos para personas trans de la lista, en este caso ubicado en la Toscana italiana.
Algunas de estas entidades LGTBIQ+ recuperan prácticas activistas que proliferaron en los años setenta y ochenta en el continente, donde el trabajo entre pares y las redes de alojamiento informales en casas de acogida de personas del colectivo se generalizaron, coincidiendo con un momento fundamental de la reivindicación de derechos LGTBIQ+. En esta línea, cabe nombrar a asociaciones que han incorporado estas estrategias (trabajo entre pares y/o construcción de red de alojamientos en casas de acogida), como AKT, The Outside Project y STAR en Reino Unido o AHORA DÓNDE en Cataluña y Kif-Kif en Madrid (España). Cabe destacar, del mismo modo, las experiencias de gestiones mixtas. Existen, por un lado, ejemplos de trabajo conjunto entre administraciones públicas y entidades sociales (este es el caso de Bélgica, con el refugio Stepforward en Bruselas, coordinado por la Dirección de Vivienda de la Ciudad de Bruselas, Le Refuge Bruxelles y Samu Social) y, por otro, experiencias de gestión conjunta de alojamientos entre entidades de erradicación del sinhogarismo y organizaciones LGTBIQ+ (como el caso del alojamiento seguro de Arcos de la Frontera - en el sur de España - gestionado por la Fundación Manolita Chen e Inserta Andalucía).
Para concluir con los resultados, cabe hacer una mención especial a los alojamientos seguros para personas LGTBIQ+ en los territorios que han contado o cuentan con situaciones adversas para los derechos del colectivo en Europa, como Ucrania, Polonia o Albania, donde, además, las entidades deben enfrentarse a la falta de apoyo y financiación públicas. Esto ha supuesto el cierre de algunos alojamientos indispensables, como el del primer alojamiento para la población LGBTIQ+ sin hogar en Polonia (sin restricción en la edad de acceso), gestionado por Lambda Warszawa y la Fundación Trans-Fuzja entre 2015 hasta su fin en 2017, habiendo atendido en casi dos años a más de 70 personas que se habían quedado en situación de sinhogarismo por LGTBIQ+fobia.
7. Discusión y conclusiones
A partir de los resultados obtenidos podemos afirmar que, si bien existe una relación directa entre las reivindicaciones de los derechos del colectivo LGTBIQ+ y la consolidación de las democracias europeas, las personas LGTBIQ+ siguen enfrentándose a situaciones de violencia por el hecho de su orientación sexual y/o identidad de género no normativas (LGTBIQ+fobia). Lo anterior supone una mayor exposición a situaciones de sinhogarismo y una mayor afectación cuando se encuentran sin hogar, resultando en porcentajes más elevados en el abuso de tóxicos, salud mental y las situaciones de riesgo derivadas de relaciones sexuales de intercambio. Estas situaciones de discriminación y violencia se extienden a los contextos generales de intervención del sinhogarismo. Por este motivo, desde los años 80 han surgido una serie de alojamientos seguros específicos para las personas LGTBIQ+ en situación de sinhogarismo en Europa, si bien estos son apenas visibles y no siempre dialogan con los alojamientos generales.
A pesar de que la literatura apunta que las necesidades de las personas en situación de sinhogarismo no están en la agenda de los movimientos LGTBIQ+, los resultados demuestran que la mayoría de estos alojamientos están gestionados por entidades del colectivo, especialmente por organizaciones de base. Así, aunque no ocupen grandes espacios en los discursos o agendas de incidencia política, en la práctica, las situaciones son conocidas y están siendo tenidas en cuenta en la mayoría de los países. No obstante, cabe destacar que no todos los países de Europa cuentan con este tipo de alojamientos, a pesar de que son especialmente necesarios en contextos adversos, esto es, sobre todo en países donde la LGTBIQ+fobia está institucionalizada por gobiernos públicamente anti LGTBIQ+. Es en estos casos donde los alojamientos tienen mayores dificultades en la apertura y la perdurabilidad en el tiempo, con lo que garantizar los espacios seguros en alojamientos generales debe ser una prioridad. Para ello, debe tenerse en cuenta la necesidad de formar a los equipos que intervienen en sinhogarismo acerca de las realidades LGTBIQ+. En este sentido, las experiencias mixtas de gestión de los recursos pueden ser un espacio de diálogo en el que también se compartan las estrategias específicas de las entidades LGTBIQ+ en el abordaje del sinhogarismo, como el apoyo entre pares (peer support) o las redes de alojamiento informales en casas de acogida de personas voluntarias. Nos parece necesario incidir en la necesidad de continuar investigando en torno a las implicaciones que podrían tener estas iniciativas para la intervención con población general en situación de sinhogarismo, de lo que esta investigación podría ser un punto de partida.
Además de incidir en la necesidad de alojamientos seguros, es necesario garantizar que las personas LGTBIQ+ sin hogar sean incluidas en cuantificaciones, políticas sociales y diseños de intervención, de manera que sus necesidades sean abordadas y tenidas en cuenta en las respuestas que se articulan para garantizar el derecho a una vivienda adecuada y segura.














